Llevar adelante un negocio de hostelería es una carrera de fondo. Entre la gestión de las compras, el control de los turnos del personal, las normativas sanitarias y el servicio diario, es completamente normal que algunos detalles administrativos queden en un segundo plano. Sin embargo, hay una obligación legal que jamás deberías pasar por alto si tienes contratado al menos a un trabajador: el seguro de convenio en hostelería.
Muchos empresarios del sector confunden este seguro con la Mutua de Accidentes de Trabajo o con el seguro de responsabilidad civil del local. Por este motivo, hoy te explicamos de forma sencilla por qué este seguro es obligatorio por ley, a qué sanciones te enfrentas si no lo tienes y cuáles son las coberturas actuales en nuestro sector.
¿Por qué es 100% obligatorio este seguro en hostelería?
El Convenio Colectivo en Hostelería de cada provincia regula las condiciones laborales de los trabajadores de bares, restaurantes, cafeterías, pubs y hoteles. En la práctica totalidad de estos convenios provinciales, se exige de forma obligatoria al empresario la contratación de una póliza de seguro de vida y accidentes para su plantilla.
Este requisito legal se aplica desde el primer día en que das de alta a un empleado, sin importar si su contrato es a jornada completa, media jornada o de tipo temporal para cubrir la temporada de terrazas.
El seguro de convenio se realiza en una póliza de seguro distinta a la del seguro multirriesgo del local hostelero. Es una póliza que se actualiza automáticamente si cambian las exigencias o acuerdos laborales.
Coberturas y cuantías actuales del seguro de convenio en hostelería
A diferencia de otros sectores, la hostelería se regula a nivel provincial. Esto significa que las coberturas y los capitales exactos que debes asegurar dependen de la provincia donde esté ubicado tu negocio (por ejemplo, el convenio de Madrid, el de Barcelona o el de Málaga exigen cuantías diferentes).
Sin embargo, a nivel general, la mayoría de los convenios de hostelería exigen cubrir los siguientes supuestos derivados de un accidente laboral o enfermedad profesional:
- Fallecimiento por accidente de trabajo o enfermedad profesional: Las indemnizaciones que exige la ley para los familiares del trabajador suelen oscilar entre los 18.000 € y los 35.000 €.
- Invalidez Permanente (Absoluta o Total): Si el trabajador sufre un accidente laboral que le impide volver a ejercer su profesión, el convenio exige el pago de un capital que suele rondar entre los 20.000 € y los 30.000 €.
- Gran Invalidez: En algunos convenios específicos, se solicitan cuantías superiores si el trabajador requiere asistencia diaria tras el accidente.
Importante: Las cuantías se actualizan periódicamente con la renovación de las tablas salariales y los textos del convenio. Si tu póliza tiene capitales no actualizados, tu empresa tendrá que pagar la diferencia de su propio bolsillo si ocurre un siniestro.
Las graves consecuencias de no contratarlo
No disponer de este seguro en vigor no es una simple omisión administrativa; es un riesgo patrimonial enorme para tu negocio de hostelería.
- Responsabilidad directa con tu patrimonio: Si un camarero o cocinero sufre un accidente grave y no tienes el seguro contratado, el juez te obligará a pagar la indemnización íntegra (por ejemplo, 30.000 €) utilizando los fondos de la empresa o, en su defecto, tus bienes personales.
- Sanciones de la Inspección de Trabajo: No tener contratado el seguro de convenio obligatorio está tipificado como una infracción laboral muy grave por la LISOS (Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social). Las multas económicas por esta falta comienzan en los 7.500 € y pueden alcanzar cifras astronómicas de hasta 225.000 €.
¿Cómo asegurar tu negocio de hostelería sin errores?
Para dormir tranquilo y cumplir estrictamente con la ley, necesitas que un profesional analice el texto exacto del convenio aplicable en tu provincia y actualice tu póliza según el número real de empleados que tienes en plantilla.
Como especialistas en el sector, te recomendamos realizar un estudio personalizado. Para obtener más información sobre el funcionamiento técnico, las obligaciones del empresario y cómo se calcula este seguro, te invitamos a visitar nuestra sección especializada en el Seguro de Convenio Colectivo.
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